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Seguro de Barco
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Los Armadores de las embarcaciones de recreo de lista 7ª y 6ª lista deben contratar una póliza que cubra los posibles daños materiales y personales que puedan ocasionar a de terceras personas como consecuencia del manejo o propiedad del barco. Dicho seguro está regulado en el RD 607/1999. deandes te puede ayudar a contratar este seguro básico al mejor precio. Las garantías básicas de nuestro seguro a terceros son las siguientes:

Responsabilidad Civil Obligatoria (RCO)

De acuerdo con el RD 607/1999 de 16 de Abril, se garantiza la Responsabilidad Civil en que, mediando culpa o negligencia, pueda incurrir:

El propietario de la embarcación.

Las personas que lo patroneen.

Los esquiadores arrastrados por la misma.

Los límites asegurados por siniestro para esta Garantía son los establecidos en el RD 607/1999 de 16 de Abril: 336.566,78 € desglosados de la siguiente manera:

  • -240.404,84 € para daños personales con un límite por víctima de 120.202,42 €
  • -96.161,94 € para daños materiales.

Asistencia jurídica y Fianzas

Queda garantizada La constitución de las fianzas judiciales para responsabilidades civiles cuando el objeto de la reclamación esté cubierto por esta póliza.

El Asegurador asumirá la dirección jurídica frente a la reclamación del presunto perjudicado y atenderá el pago de las minutas y facturas de gastos consiguientes acreditadas por los Abogados y Procuradores por él designados.

Opcionalmente se pueden añadir una serie de coberturas básicas para ampliar la cobertura de la póliza que en muchos casos son muy interesantes. Son las siguientes:

Responsabilidad Civil Voluntaria

Complementariamente a la Responsabilidad Civil Obligatoria, opcionalmente se puede incrementar los límites asegurados en Responsabilidad Civil.

Para barcos a partir de una eslora de 12 metros es recomendable ya que los 96.161,94 € que da la RC Obligatoria para daños materiales pueden ser escasos.

Asistencia-Reembolso de gastos de remolque en el mar:

Reembolso de los gastos de asistencia o remolque en que pueda incurrir el asegurado en caso de accidente en la mar, avería o cualquier otro motivo que justifique la necesidad de efectuar el remolque al puerto más cercano. Puesto que en el mar muchas cosas pueden suceder esta garantía está muy recomendada.

Asistencia en tierra

La asistencia en tierra ofrece lo siguiente

-Asistencia a las personas: Repatriación o transporte de personas por enfermedad o accidente corporal, prestaciones sanitarias en el extranjero, repatriación o transporte por causa de fallecimiento, envío de medicamentos, transmisión de mensajes urgentes las veinticuatro horas del día, repatriación, transporte y asistencia a personas por avería o accidente de la embarcación, consejo médico, envío de un piloto o patrón, consejo médico.

-Asistencia a la embarcación: Remolque de la embarcación, traslado de la embarcación al puerto, gastos de transporte del asegurado a fin de recoger su embarcación, envío de piezas de recambio, envío de un mecánico especialista, gastos de custodia de la embarcación.

Reclamación de daños y adelanto de indemnizaciones:

El ejercicio a favor del Asegurado de las acciones amistosas y legales oportunas para obtener de un tercero que resulte responsable, el resarcimiento de los daños y perjuicios que haya sufrido.

El adelanto de las indemnizaciones que, tras las acciones amistosas emprendidas por la Compañía, reconozcan formalmente deber los Aseguradores de quienes resulten responsables del accidente, hasta un límite de 6.000 €

Esta garantía es muy recomendable porque los abordajes en puertos son muy habituales y son muchas las veces que hay que reclamar al causante de los daños. De no tener esta garantía cubierta estaremos solos ante el Asegurador del culpable de los daños sufridos.

Remoción de restos:

Reembolso de gastos de reflotamiento hasta el límite establecido: 30.000 €.

Hay en algunas comunidades autónomas donde los Puertos Deportivos exigen esta garantía a sus Amarristas.

Accidentes personales de los ocupantes:

Se aconseja declarar el nº de ocupantes para los cuales esté despachada la embarcación en Capitanía Marítima.

Los limites más económicos y habituales son los siguientes:

  • -Fallecimiento e Invalidez Permanente Total: 12.000 €.
  • -Invalidez Permanente Parcial según baremo.
  • -Gastos de asistencia médico-farmacéutica: 1.200 €.

Estos límites se pueden incrementar según las necesidades que tenga el Asegurado.

Si estás buscando un seguro de barco barato no tienes más que contactar con nuestros asesores, y estos buscarán los que mejor se adapten. 

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Carlos Villanueva, Sernautic